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Jueves 29 de Diciembre de 2022 - 2:59pm

Procuraduría denunció jueza que dejó en libertad a dos integrantes de la Primera Línea

La procuradora Margarita Cabello aseguró que la jueza no tenía competencia para firmar la libertad de los jóvenes encarcelados en el marco de las protestas.
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La Procuraduría General de la Nación presentó denuncia penal contra la juez coordinadora del Centro de Servicios Judiciales de Bogotá, Lilyan Jhoana Bastidas Huertas, por la presunta responsabilidad en el delito de prevaricato por acción, al haber ordenado la libertad de dos jóvenes de la ‘Primera Línea’ que fueron designados como voceros de paz por el Gobierno Nacional.

En concepto del Ministerio Público, la funcionaria no tenía competencia para librar las boletas de libertad, y por el contrario se abrogó el conocimiento de la actuación sin dar traslado a uno de los jueces de garantías que se encontraban de turno, tal como lo indican las reglas de reparto establecidas.

La denuncia fue radicada por la Procuraduría Delegada para el Ministerio Público en Asuntos Penales ante la Fiscalía Delegada ante el Tribunal Superior de Bogotá.

Según la Procuraduría, la juez coordinadora “pasó por alto que las resoluciones remitidas por el Alto Comisionado para la Paz no dispusieron la suspensión de la detención preventiva, sino de las órdenes de captura que pesaban en contra de Santiago Márquez Charris y Adriana Esperanza Bermeo Sua”, y, además, en su decisión no dejó constancia de la norma que la facultaba para decretar su libertad.

La funcionaria –agrega la información- debió realizar un análisis de fondo sobre la solicitud que se le planteaba para hacer el control que le correspondía, y no actuar como “una simple tramitadora de una orden del Ejecutivo, que no contaba con asidero legal.

La providencia donde se acató la orden presidencial no fue notificada a los sujetos procesales que tenían interés en el asunto, al punto de que la Procuraduría se enteró gracias a la divulgación que de la noticia hicieron los medios de comunicación.

“La señora juez coordinadora del Centro de Servicios Judiciales de Bogotá miró de soslayo dicho mandato (el de notificar las decisiones), con lo que también privó a los sujetos procesales, y particularmente al Ministerio Público, de la posibilidad de controvertir lo decidido a través de la interposición de los recursos de ley”, agregó.

Dijo además que a pesar de que la decisión fue adoptada el 20 de diciembre pasado, al día siguiente funcionarios del Grupo de Asistencia a Usuarios le informaron al Procurador Judicial Penal designado como Agente Especial que el proceso se encontraba en el Centro de Servicios Judicial para ser asignado por reparto.

“La falta de diligencia a la hora de publicitar la decisión judicial en cuestión por los canales establecidos para el efecto, va en contravía de los principios de transparencia, de facilitación, de calidad de la información y de divulgación proactiva que la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información (Ley Estatutaria 1712 de 2014) preconiza respecto del derecho de acceso a la información pública”, puntualizó la Procuraduría.

El Ministerio Público también radicó ante la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá una queja disciplinaria contra la misma funcionaria.

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