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Jueves 19 de Diciembre de 2024 - 10:30am

Revés para Petro: Cidh rechaza su intento por frenar la investigación del CNE

La Corte destacó que el CNE tiene la autoridad constitucional para investigar el cumplimiento de la normativa electoral, incluyendo los informes financieros de los candidatos.
Gustavo Petro
Gustavo Petro / Cortesía
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La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) declaró improcedente la solicitud presentada por los abogados del presidente Gustavo Petro, quienes buscaban frenar la investigación del Consejo Nacional Electoral (CNE) por presunta violación de los topes de financiación durante su campaña presidencial.

La petición argumentaba que dicha indagación vulneraba el “fuero integral” del jefe de Estado y ponía en riesgo sus derechos políticos y los de su electorado.

En su pronunciamiento, la CIDH dejó claro que el CNE, como órgano administrativo, no tiene facultades para restringir los derechos políticos de un funcionario elegido popularmente.

De la información aportada en esta solicitud de medidas provisionales no surge que el órgano administrativo en cuestión tenga la facultad de inhabilitar o restringir los derechos políticos de un funcionario electo popularmente”, señala el fallo.

Además, el tribunal recordó que la controversia planteada no es comparable con el caso Petro hace 4 años, en el que la misma Corte declaró inconvencional la destitución y sanción impuesta por la Procuraduría General de la Nación.

En esta ocasión, precisó: “La Corte observa que la solicitud de los representantes de la víctima se basa en una situación fáctica y jurídica distinta a la que conoció este Tribunal en la Sentencia del caso Petro Urrego emitida en 2020”.

El fallo también destacó que el pedido de medidas provisionales no está vinculado con las garantías de no repetición establecidas en el caso previo. Según el pronunciamiento, “la Corte considera que la referida solicitud no tiene relación con el objeto del caso ni con la implementación de alguna de las tres garantías de no repetición de adecuación normativa ordenadas en el Fallo, con lo cual resulta improcedente”.

La Corte enfatizó que el CNE tiene competencias establecidas por la Constitución colombiana para investigar el cumplimiento de la normativa electoral, incluyendo la presentación de informes financieros por parte de los candidatos. En este sentido, destacó que estas investigaciones no implican la limitación de derechos políticos, como argumentaron los abogados del presidente.

Con esta decisión, la Corte Interamericana descarta lo que se consideraba una última instancia jurídica para frenar el proceso en el CNE. Esta resolución se suma a otras negativas recientes que ha enfrentado Petro en el ámbito nacional, incluyendo la pérdida de una tutela en el Consejo de Estado con la que buscaba invalidar los cargos formulados por el organismo electoral.

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