Juzgado ordena entrega mensual de insumos menstruales en Cárcel Rodrigo de Bastidas
En un fallo emitido este 29 de octubre, el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado ordenó al Establecimiento Penitenciario y Carcelario de Mediana Seguridad Rodrigo de Bastidas, en Santa Marta, garantizar la entrega suficiente y oportuna de productos de higiene menstrual a mujeres privadas de la libertad.
La decisión responde a una acción de tutela presentada por la abogada Melina Quintero Santos en representación de 37 internas, quienes alegaron que las condiciones actuales violaban sus derechos a la dignidad humana, la salud y el bienestar, debido a la entrega limitada de productos de higiene.
La tutela argumenta que las mujeres recibían solo dos paquetes de toallas higiénicas de 10 unidades cada trimestre, en incumplimiento de la Ley 2261 de 2022, que establece una provisión mensual de estos artículos para personas privadas de la libertad.
Las internas manifestaron que esto comprometía gravemente su salud y condiciones de higiene, exponiéndolas a infecciones y afectando su dignidad. En respuesta, la juez ordenó una serie de acciones obligatorias dirigidas al Ministerio de Justicia y del Derecho, el INPEC, la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC), la Alcaldía de Santa Marta, entre otras entidades.
El fallo incluyó disposiciones clave para mejorar las condiciones de las internas. En primer lugar, las entidades deberán garantizar la entrega mensual y suficiente de productos de higiene menstrual, considerando las necesidades individuales de cada mujer privada de la libertad.
Además, el centro penitenciario deberá realizar una evaluación detallada de cada persona para identificar las particularidades de sus necesidades de higiene menstrual. Se ordena también mejorar las instalaciones y asegurar el acceso a agua potable, facilitando así el manejo de la menstruación en condiciones dignas y seguras. Finalmente, el fallo exige la implementación de programas de educación en higiene menstrual, los cuales buscan sensibilizar y empoderar a las internas sobre su autocuidado, en un esfuerzo por crear un ambiente de respeto y dignidad.
Este fallo representa un avance en la defensa de los derechos de las mujeres privadas de la libertad en Colombia, promoviendo condiciones de reclusión dignas y un acceso adecuado a la salud y la higiene menstrual. Además, busca reducir el estigma y la falta de información sobre la menstruación en contextos penitenciarios, generando un cambio positivo en la calidad de vida de las internas y en el respeto de sus derechos básicos.
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