“Paseo de la muerte nacional” a menor que requiere trasplante de médula ósea
En un típico “paseo de la muerte nacional” se ha convertido el caso del menor Steven Triana Gómez, quien desde el 6 de enero de este año fue traído a Barranquilla desde la vereda El Redil, municipio de Saldaña (Tolima), con el aparente propósito de practicarle un trasplante de médula ósea.
Steven padece de Linfoma de Hodgkin estado IIIB y desde hace más de dos años su mamá, María Sugey Gómez Bastidas, viene luchando con la EPS Salud Vida, para que le realice el adecuado tratamiento y los procedimientos que sean necesarios.
Esto en razón de que el menor ha sufrido varias recaídas como consecuencia de la falta de tratamiento oportuno por parte de la EPS.
Por esta situación, ha presentado derechos de petición hasta finalmente recurrir a la acción de tutela, debido a la reiterada negativa en que ha incurrido la EPS Salud Vida.
El Hospital Federico Lleras Acosta le diagnosticó el Linfoma de Hodgkin y solicitó remisión a un centro oncológico para quimioterapia de salvamento y trasplante de médula ósea.
Ante la desatención de la EPS, María Sugey Gómez interpuso una acción de tutela para la protección de los derechos fundamentales a la vida, dignidad humana y salud.
En ella argumento que Salud Vida no le suministra a Steven lo que requiere para su atención integral, recalcando que desde hace dos años ha tenido dificultades con la EPS por la desatención en la enfermedad que presenta su hijo. Además de las demoras en las citas prioritarias con un especialista en Radioterapia, así como con el trasplante de médula ósea.
Como consecuencia, el 9 de septiembre de 2016 el Juez primero promiscuo municipal de Saldaña, Tolima, Julián hernando Vera Díaz, ordenó a la EPS que en el término de 48 horas autorizar las radioterapias y realizar las gestiones necesarias para el trasplante de médula ósea de forma prioritaria, de acuerdo con las instrucciones del médico tratante.
También le ordenó suministrar un tratamiento integral, es decir, todo aquello que requiera en razón de la enfermedad que padece el menor, así como el cubrimiento de los gastos de hospitalización, exámenes de laboratorio generales y especializados, medicamentos, aditivos, consulta general y especializada, tratamiento y cualquier procedimiento que garantice la recuperación de la salud y la preservación de la vida de Steven, advirtiendo que el incumplimiento daría lugar a la imposición de las sanciones legales.
La EPS Salud Vida demoró para responder el fallo y cuando lo hizo planteó el traslado del menor hasta Barranquilla para proceder con el tratamiento y trasplante de la médula ósea.
Sin embargo, la madre del menor se negó rotundamente a ello, argumentando que no tenía familia en esta ciudad, tiene más hijos pequeños por atender y carecía de información de hogar de paso.
De manera insólita, la respuesta de la EPS Salud Vida fue amenazante: le advirtió que si no aceptaba el traslado a Barranquilla, iniciarían contra ella un proceso de madre sustituta para trasladar al menor hasta la capital del Atlántico.
Esto hizo que Sugey Gómez acudiera ante el Centro Zonal Jordán de la Regional Tolima del Bienestar Familiar, que a su vez le respondió de manera contundente a la EPS Salud Vida.
“La razón de esta negativa es justa pues expresa que es una ciudad distante en la cual debe tener una larga estancia, no cuenta allí con red familiar de apoyo y no puede dejar sin el cuidado de un adulto responsable a sus otros hijos menores de edad. Se hace necesario que se consiga un cupo para el procedimiento en la ciudad de Bogotá donde si cuenta con red familiar de apoyo y otros cuidadores. Tenemos conocimiento que este servicio se recibe en el Hospital La Misericordia de Bogotá”, le señaló el Bienestar Familiar a Salud Vida, el 21 de diciembre de 2016.
La EPS tampoco atendió las sugerencias del Bienestar y como respuesta el 6 de enero trasladó al menor hasta Barranquilla, siendo recluido en la ESE Cari de Alta Complejidad.
Allí solamente ha recibido dosis de quimioterapia y la última está prevista para este viernes y de inmediato será dado de alta.
La preocupación radica en el hecho de que durante este tiempo no se procedió con el trasplante, que se suponía era la intervención urgente y prioritaria.
Adicionalmente, el menor queda bajo complicadas condiciones de salud, ya que permanentemente sufre recaídas, sin recursos para permanecer en Barranquilla y prácticamente en la caridad, todo ello como consecuencia de la inadecuada atención de su enfermedad, por parte de la EPS Salud Vida, contra la cual se prepara un incidente de desacato para que sea la justicia la que nuevamente obligue los tratamientos requeridos y proceda con las sanciones del caso por incumplimiento de fallo judicial.
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