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Domingo 21 de Junio de 2020 - 6:07pm

Excongresista Eduardo Díaz Granados no pudo hacer que Carlos Caicedo se retractara

Díaz Granados le entabló una tutela por haber dicho que pertenecía a una mafia con los Cotes. El juez dijo que el señalamiento no fue directo.
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El juez Segundo Penal Municipal con Funciones de Conocimiento y Depuración de Santa Marta, Énder de Jesús Egurrola Mendoza, tomó la determinación de no amparar el derecho constitucional al buen nombre que el excongresista Eduardo Díaz Granados alegaba que le había vulnerado Carlos Caicedo.

Todo se presentó luego de que el gobernador Carlos Caicedo hubiera participado en una ‘correría de medios de comunicación’ en las que se refirió al ‘encontrón’ que había tenido con el Superintendente de Salud para los días en que se produjo la intervención del hospital Julio Méndez Barreneche. En medio de esas entrevistas, el gobernador hizo fuertes señalamientos en los que se refirió a una supuesta “mafia” que habría desfalcado los recursos de la salud.

Caicedo, en sus declaraciones, hizo referencias a una alianza entre los clanes Cotes y Díaz Granados, además de haber mencionado directamente el nombre de Eduardo Díaz Granados, lo que llevó al excongresista a entablar la acción de tutela buscando que el gobernador se retractara de sus afirmaciones.

Según la interpretación del Juez, “se considera que contrario a lo expuesto por el demandante en el escrito de tutela, el accionado no emprendió señalamientos directos en contra del ciudadano Eduardo Agatón Díaz Granados Abadía. Y es que resulta de gran importancia para la afectación del derecho al buen nombre y al a honra, así como para proferir una orden judicial, que se logre identificar de manera concreta, específica y clara, las expresiones que afectaron el buen nombre, presupuesto que no se obtiene con abstracciones como las expuestas por el accionado”.

“No cabe duda, porque es evidente, que el accionado hace serios señalamientos en relación con las familias Cotes y Diaz Granados, sin embargo, para la protección del derecho fundamental al buen nombre y la honra de un solo accionante, debe verificarse lo que en concreto se ha expuesto sobre éste. En el presente caso, el fragmento de las declaraciones del ciudadano Caicedo Omar, que se refieren al parecer al accionante no permiten colegir una afectación directa o concreta a su buen nombre, honra o presunción de inocencia”, expresa el Juez.

Seguimiento.co conoció que la decisión del juez, que fue de primera instancia, será impugnada por el abogado de Díaz Granados, Julián Quintana, quien insistirá ante una instancia superior que el gobernador se retracte. Asimismo, que continuará un proceso que se adelanta penalmente por estos mismos hechos.

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