¿Por qué Caicedo y Virna calificaron a la Academia Historia del Magdalena de “oportunista” y política”?


Al finalizar la tarde del pasado domingo, la Gobernación del Magdalena y la Alcaldía de Santa Marta emitieron un comunicado conjunto en el que señalaron -sin dar nombres- al presidente de un “organismo privado” por supuestamente hacer una “convocatoria ilegítima” para la conformación de una comisión para la celebración de los 500 años de Santa Marta.
En el comunicado (descárgalo aquí), tanto Carlos Caicedo como Virna Johnson se despachan calificando la iniciativa, que no mencionan con nombre propio, de “oportunista”, pues, según la Gobernación, la celebración del plan 500 años fue una idea de él, y que a los entes territoriales son a quienes organizarán el evento.
Recomendamos: Virna y Caicedo dicen que comisiones por los 500 años que no organicen ellos son “ilegítimas”
Lo cierto es que los vacíos que dejó el comunicado de prensa fueron aclarados por el representante a la Cámara por el Magdalena José Luis Pinedo, autor de la Ley 2058 de 2020, por medio de la cual la Nación se asocia para la celebración del quinto centenario de la Fundación de Santa Marta.
Según Pinedo, “no es cierto que se trate de una convocatoria ilegítima, como lo advierten directamente en su comunicado la Gobernación del Magdalena y la Alcaldía de Santa Marta, toda vez que la Ley 2058, en el Parágrafo Transitorio del Artículo 5 ordena a la Secretaría Técnica de la Comisión Preparatoria para que sea ella la que convoque la primera sesión de dicha comisión. Y la misma Ley determina que la Secretaría Técnica está a cargo de la Academia de Historia del Magdalena”.
De modo que es esta, la Academia de Historia del Magdalena, la entidad privada a la que Carlos Caicedo y Virna Johnson tildaron de ser “política”, “oportunista” en su comunicado.
Tal como lo mencionó el congresista, el presidente de la Academia de Historia del Magdalena “está revestido de la autorización que le otorga la Ley 2058 de 2020 para realizar las invitaciones apara la primera sesión de la Comisión Preparatoria, en la cual tiene asiento tanto la Gobernación del Magdalena, como la Alcaldía de Santa Marta”.
Y es que, posiblemente, el enojo del gobernador y la alcaldesa es que, según la Ley, los entes territoriales no son los únicos miembros de esta comisión, pues, según el artículo 5, la integran las siguientes entidades:
a) Un/a delegado/a del Presidente de la República
b) Un/a delegado/a del Ministro/a de Cultura
c) Un/a delegado/a del Ministro/a de Industria Comercio y Turismo
d) Gobernador/a del departamento del Magdalena
e) Alcalde/sa Distrital de Santa Marta
f) Un/a delegado de la Academia de Historia del Magdalena
g) Un Representante de las Universidades Públicas con asiento en el Distrito de Santa Marta.
h) Un Representante de las Universidades Privadas con asiento en el Distrito de Santa Marta.
i) Un representante de las comunidades indígenas con asentamiento en la Sierra Nevada de Santa Marta.
j. Un Representante del Sector Cultural del Distrito de Santa Marta
k) Un Representante por los gremios económicos
La realidad sustentada en la Ley es que, quiéranlo o no, al gobernador y a la alcaldesa les tocó trabajar en equipo con los demás actores de la ciudad.
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