Por el momento, en Santa Marta no podrán multar carros con vidrios polarizados
![Archivo Policías de tránsito no pueden imponer comparendos por vidrios polarizados a menos que midan la infracción con dispositivos técnicos.](https://seguimiento.co/sites/default/files/styles/1010x526/public/2017/10/23/articulo/vidrios_polarizados.jpg?itok=sWc3srSm)
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A través de una circular emitida hace algunos días, el Ministerio de Transporte le lanzó un salvavidas que va dirigido, en especial, a los conductores de automóviles en la región Caribe. Se trata de una advertencia a las autoridades de tránsito de los entes territoriales en la que se les advierte que no se podrán aplicar comparendos por vidrios polarizados “bajo criterios subjetivos”.
Dicho de otro modo, los policías de tránsito no podrán imponer ‘al ojo’ comparendos a los conductores que tengan los vidrios más oscurecidos de la cuenta, y que no cuenten con el debido permiso, sino que deberán utilizar algún dispositivo que mida de manera técnica y objetiva cuál es el grado del oscurecimiento, para ahí sí proceder con el registro de la debida infracción.
Los vidrios polarizados están contemplados como una infracción al Código Nacional de Tránsito, siempre y cuando estos sobrepasen ciertos límites en el porcentaje del polarizado, los cuales, a su vez, fueron establecidos mediante la resolución 3777 de 2003. Ver la siguiente ilustración:
La cuestión es que en las ciudades de tierra caliente -tal como lo estableció el Mintransporte en un encuentro con Fenalco que conllevó a la expedición de la circular- “es una realidad que, desde hace unos años, se viene acrecentando el uso de polarizados debido a factores climáticos y de protección a los rayos del sol”, tanto así, que en muchos casos el polarizado ya viene instalado de fábrica.
Principalmente por este motivo, el Ministerio de Tránsito fue claro con las autoridades que imponen comparendos -en el caso de Santa Marta, con la Policía de Tránsito-: “Los vehículos que por sus condiciones y características tengan vidrios polarizados u oscurecidos, podrán circular sin sujeción a permiso alguno y no ser objeto de imposición de órdenes de comparendo, salvo cuando se determine con algún dispositivo que mida con precisión el grado de polarización, entintado u oscurecido”.
Seguimiento.co se puso en la tarea de averiguar cómo está la situación en las autoridades de tránsito y -por fortuna para los conductores- la ciudad no cuenta con los dispositivos, denominados fotómetros o luxómetros, para poder medir de manera objetiva si un carro tiene el polarizado con un oscurecimiento mayor al permitido.
Ernesto Castro, secretario de Tránsito, informó que en Santa Marta “no existe dispositivo para eso. Se mide de acuerdo a lo que se pueda observar de la persona que va dentro del vehículo”.
Asimismo, este medio digital contactó al teniente Jorge Larotta, comandante de la Policía de Tránsito, quien reconoció que, efectivamente, en Santa Marta no se cuenta con dichos dispositivos, por lo que se entiende que -según la circular del ministerio- no sería viable imponer una infracción en este sentido.
Además, la circular también es muy clara en insistir que el conductor no se ve obligado a portar ningún permiso para demostrar el grado de oscuridad de sus vidrios polarizados.
La única manera, determina la circular, para que el tránsito esté autorizado a imponer estos comparendos, es que comiencen a utilizar dispositivos técnicos denominados fotómetro o luxómetro, mediante el cual se podría medir el nivel de opacidad de los vidrios.
Este medio digital también se comunicó con la Dirección de Tránsito de la Policía Nacional, quienes informaron que en Bogotá, capital del país, sí cuentan con dichos dispositvos y que desde ahora mismo adelantan los procesos necesarios para conseguir más dispositvos para el resto del país.
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