Desmienten a InDrive tras presunta agresión verbal de un conductor a menor en Santa Marta

Una marcada contradicción rodea la denuncia por presunta violencia verbal presentada contra un conductor de la aplicación InDrive en Santa Marta, luego de que la víctima desmintiera los canales de atención y seguimiento anunciados por la compañía de transporte.
Los hechos se remontan a días atrás, cuando una menor de edad solicitó un servicio de transporte a través de la plataforma. De acuerdo con la denuncia de la familia, el conductor (identificado preliminarmente como Javier David) habría reaccionado de manera violenta tras breves segundos de espera, agrediendo presuntamente a la usuaria con expresiones obscenas y palabras vulgares.
Frente a la denuncia pública, la empresa inDrive manifestó rechazar cualquier tipo de abuso psicológico o verbal y aseguró haber iniciado las indagaciones correspondientes.
Según Santa Marta al Día, las compañía afirmó que las partes involucradas habían sido notificadas para adelantar las verificaciones.
También, sostuvo que se adoptaron medidas preventivas respecto al conductor presuntamente implicado mientras avanzaba la investigación.
Sin embargo, al verificar el estado de la reclamación con la persona afectada, esta desmintió categóricamente haber recibido alguna comunicación por parte de la empresa, pese a que la plataforma cuenta con sus datos de contacto registrados en la aplicación:
“Ellos conmigo no se han comunicado ni me han dicho absolutamente nada”.
Hasta la fecha, el conductor señalado tampoco ha emitido declaraciones sobre el presunto incidente. Entre tanto, la familia de la menor insiste en que inDrive debe esclarecer qué medidas se tomaron realmente frente al prestador del servicio y garantizar condiciones de seguridad para los usuarios.
Sin embargo, en Santa Marta, el uso de InDrive para la prestación de transporte de pasajeros en vehículos particulares es catalogado como ilegal por las autoridades locales. Aunque la plataforma opera en un vacío regulatorio a nivel nacional donde la aplicación como software no está prohibida, la legislación colombiana (Ley 336 de 1996) exige que el transporte público individual sea prestado exclusivamente por empresas habilitadas y vehículos autorizados (taxis con pólizas contractuales y extracontractuales). Por ello, la Secretaría de Movilidad y la Policía de Tránsito adelantan operativos permanentes basados en las directrices de la Superintendencia de Transporte. Estas acciones incluyen sanciones administrativas directas a los conductores informales, las cuales contemplan la inmovilización del vehículo (de uno a tres meses), la suspensión de la licencia de conducción y multas acumulativas o pecuniarias que pueden alcanzar varios millones de pesos para los reincidentes.
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