Colombia restringe exportaciones de alcohol, guantes y gel antibacterial


El alcohol, jabón, papel higiénico, guantes de uso médico o de atención, los demás medicamentos para uso humano, desinfectantes, paños y toallas húmedas, gel antibacterial, tapabocas de varios tipos y equipos médicos de varios tipos son algunos de los bienes que no se podrán exportar durante los próximos seis meses.
Así lo establece el Decreto 462 del 22 de marzo del 2020, que también restringe la exportación o reexportación de bienes como guantes de caucho de distintas clases, gafas de protección, electrocardiógrafos, monitores de signos vitales, cunas neonatales, ventiladores, aparatos respiratorios y máscaras de protección respiratoria, equipos de rayos X y camas y camillas hospitalarias.
Con esta medida, el Gobierno Nacional busca garantizar el abastecimiento nacional y la distribución prioritaria de estos y otros bienes, en el marco de la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica.
"Son necesarios para prevenir y contener el contagio de coronavirus entre la población colombiana", informó el Ministerio de Comercio.
La decisión se adopta ante la alta demanda de esta clase de bienes, indispensables en estos momentos de coyuntura sanitaria, y con apego a la Constitución Política, la cual garantiza la propiedad privada y derechos adquiridos, pero también establece que el interés público prima sobre el particular, por motivos de interés social o de utilidad pública.
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo, explicó que se ha registrado una alta demanda de esos productos que son requeridos de manera inmediata para la atención de la población, por lo que es necesario garantizar su suministro.
De lo contrario, se podría afectar la capacidad de atención de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud para afrontar la emergencia sanitaria, así como de distintas empresas, por ejemplo, de transporte masivo, entidades gubernamentales, fuerzas de seguridad y empresas de orden estratégico que deben continuar funcionando de forma presencial e ininterrumpida durante la pandemia, entre otras.
“Estamos atravesando por una coyuntura sanitaria que nos lleva a adoptar diferentes medidas para contener esta pandemia, y la restricción de exportación de estos productos es una de esas medidas que, además, la permite la Organización Mundial del Comercio, de la que hacemos parte. Este organismo permite aplicar de forma excepcional restricciones temporales a las exportaciones para prevenir o controlar la escasez de productos, en este caso esenciales para la salud”, dijo el Ministro.
Recalcó que uno de los propósitos de esta norma es priorizar el acceso de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud a los insumos necesarios para atender la pandemia y poder garantizar los servicios de salud adecuadamente a la población.
La norma también establece que tanto productores como importadores de esos bienes deberán priorizar su distribución a los siguientes beneficiarios:
—Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud que tengan unidad de cuidados intensivos o intermedios neonatal, pediátrica o de adultos o de hospitalización, adultos o pediátrica o de urgencias y las autorizadas por el Ministerio de Salud y Protección Social.
—Empresas de transporte masivo urbano.
—Empresas aéreas y de transporte terrestre departamental.
—Aeropuertos y terminales de transporte.
—Entidades de Gobierno, nacional, departamental y municipal.
—Fuerzas de seguridad del Estado, Bomberos y Defensa Civil.
—Empresas de distribución y comercialización de productos a domicilio. Estas empresas limitarán la venta al detal de estos productos a dos unidades por grupo familiar, por semana.
—Droguerías, grandes superficies y comercializadores al detal, siempre que la venta se limite a dos unidades por grupo familiar por semana.
—Personas jurídicas y empresas, autorizadas por el Gobierno, siempre que la venta se limite a las unidades necesarias para atender al número de empleados o personal necesario para el funcionamiento de las mismas, durante una semana.
También señala la norma que en el caso de los adultos mayores, la compra de los productos en los establecimientos comerciales a domicilio y en droguerías la podrá hacer un familiar o la persona que cuida de él.
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo revisará el abastecimiento de los 24 productos contemplados en el Decreto, y en caso de que haya existencias suficientes para atender el mercado nacional, y si hay excedentes, podrá autorizar la exportación a solicitud del interesado.
De este Decreto están exentas las exportaciones de Planes Vallejo y las demás que estén en proceso al momento de la expedición del mismo.
Tags
Más de
Con acuerdo entre el Gobierno y los productores, se pone fin al paro arrocero
El acuerdo consta de siete puntos que incluyen la regulación del precio del arroz paddy verde, y levantamiento de los bloqueos en las vías del país.
¡Gravísimo! Petro se va de frente contra la prensa: sugiere acabar frecuencias de emisora y espacios de TV
La reflexión de Gustavo Petro es un durísimo golpe a la libertad de prensa y un paso que, de tener eco, podría llevar fácilmente a una gran censura mediática de los grandes medios nacionales en TV y radio. ¿Una dictadura en potencia?
Mas de 300 desplazados deja combates entre el Ejercito y disidencia de las Farc en Jamundí
Las familias buscaron refugio y se encuentran en el coliseo La Alfaguara.
Gobierno propone quitar subsidio al diésel para carros particulares
Solo los vehículos de transporte público mantendrían el beneficio.
Piden declarar persona no grata a Alfredo Saade en el Congreso de la República
El representante Julio César Triana cuestionó las actitudes hostiles y las ‘payasadas’ del jefe de despacho del Presidente.
Estuvo secuestrado y en un hueco durante 76 días por su hermano en Villavicencio
El caso se hizo viral a través de una entrevista con Conducta Delictiva. Los secuestradores pedían 200 millones de pesos por su liberación.
Lo Destacado
ESE Alejandro Próspero intensifica programa de vacunación desde este viernes
Las acciones se adelantan en el marco de la III Jornada Nacional de Vacunación.
Radar instalado en la Ye de Ciénaga no impone fotomultas: es pedagógico, aclara Ruta Magdalena
Su propósito es fomentar la autorregulación vial.
Claustro San Juan de Nepomuceno, declarado Bien de Interés Cultural Andino
Este logro se suma al ingreso de la Corporación Centro Histórico de Santa Marta a la Red Andina de Autoridades Territoriales.
Dos hombres fueron hallados sin vida en la vereda Puerto Mosquito
Hasta el momento se desconoce sus identidades.
Con ofrenda floral, conmemoran el natalicio de Simón Bolívar y el día de la Armada
La ceremonia se adelantó en la Quinta de San Pedro Alejandrino.
Descubren en Argentina restos de dinosaurio gigante
Investigadores afirman que los huesos permanecieron en el lugar por más de 200 millones de años.