Colegios privados de Santa Marta no podrán retirar del salón a estudiantes para presionar pago de mensualidad

En el auditorio del Colegio San Luis Beltrán, se desarrolló la socialización de la resolución 010617 del 7 de octubre de 2019 que regula la tarifa de pensión y matrícula de los colegios privados.
La jornada estuvo a cargo del jefe de inspección y vigilancia de la Secretaría de Educación, Jairo Fontalvo.
Esta convocatoria contó con la asistencia de más de 300 personas entre personal administrativo, docentes y rectores de los colegios privados quienes participaron de manera masiva a la reunión.
El objetivo de realizar la socialización de la resolución es de darle a conocer a los rectores de los colegios privados la regulación de tarifas de pensiones y matrículas en aras de que los rectores de los colegios privados hicieran su proceso de autoevaluación en base en el índice sintético de calidad ISCE 2018.
Se da claridad en que los colegios no pueden retirar del salón de clase a los estudiantes para presionar al padre de familia para que cumpla con el compromiso del pago de la mensualidad, el padre de familia puede justificar la imposibilidad de pago en las situaciones donde sea retenido el informe educativo.
Hay unas situaciones de carácter jurídico y administrativos que se le dio a conocer a los docentes en esta socialización y se le recomendó a los rectores no abusar de sus derechos, ni de escoger exclusivamente a un proveedor sino más bien de determinar varios proveedores para elegir de forma transparente y democrática la mejor oferta.
El paso siguiente de la Secretaría de Educación es expedir los respectivos actos administrativos para cada caso en particular.
En este proceso, de incremento de tarifas se tienen en cuenta dos variables, el índice sintético de calidad ISCE 2018 en base a las pruebas saber 2017 y por otro lado el establecimiento de los regímenes ya sea de libertad regulada, libertad vigilada y régimen controlado. Por lo cual se estableció unos parámetros en dicha resolución para que los rectores cumplan con los requisitos legales de ese proceso de autoevaluación.
En el caso de libertad regulada se tiene que cumplir para quedar en los grupos 3 - 4 - 5 con el IPC del 3.75 de agosto del 2019 en acreditación de calidad que sería el 0.5 % con educación inclusiva igualmente con el decreto 2227 que es el escalafón docente.
Existen unos parámetros que se clasifican de acuerdo al ISCE de estos colegios privados y sobre eso viene el incremento de tarifas. Así también con el régimen de libertad vigilada igualmente con el régimen controlado.
También se establece los parámetros para los costos que deben tener en cuenta los colegios en base a la Ley lo cual no debe ser exagerado.
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