Traslado a Colpensiones sí es posible a menos de 10 años de cumplir la edad de pensión


Actualmente son innumerables las quejas y los inconvenientes que están presentando muchas de las personas próximas a pensionarse y que se encuentran afiliadas a los Fondos Privados de Pensiones, quienes buscando asesoría jurídica, aducen que fueron engañadas y asaltadas en su buena fe por los asesores de los fondos privados para acceder a dicho traslado o afiliación a dicho régimen. Dentro del grupo de personas inconformes, la gran mayoría coincide en que los asesores al momento del ofrecimiento del traslado o la afiliación, le manifestaron que en el RAIS (Fondo Privado) podrían acceder a una pensión más alta que en el RPM (Régimen de Prima Media) (Actualmente Colpensiones); o podrían retirar el total del dinero ahorrado en cualquier tiempo si así lo deseaban.
Si bien, cada uno de los regímenes tiene sus propios beneficios, a los usuarios no se les dio a conocer con detalle y claridad cuáles eran las condiciones para poder acceder a la pensión, los riesgos del rendimiento del dinero en su cuenta y los requisitos para “retirar” ese ahorro; inclusive, algunos acusan a sus empleadores de haberlos inducido a trasladarse a los Fondos Privados. Pero, lo cierto es que esta situación no obedece a la simple voluntad del afilado, sino al cumplimiento de ciertas salvedades que le permitan acceder al retiro de los dineros depositados en su cuenta de ahorro individual.
Ahora, éste no es el único problema, existen personas que accedieron al traslado cuando ya gozaban de ciertos requisitos y beneficios para pensionarse, situación que no fue tenida en cuenta por parte de los asesores de los fondos privados, quienes buscando ganar un afiliado, reservaron las consecuencias que acarreaba para esa persona el acceder al traslado. Situación que tampoco fue tenida en cuenta por parte del antiguo I.S.S. (Instituto de los Seguros Sociales) al permitirle a sus afiliados trasladarse cuando ya tenían causado su derecho.
Son estas algunas de las razones por las cuales hoy las personas se preguntan: ¿Es posible que se anule ese traslado? ¿Es posible retornar al Régimen de Prima Media, hoy administrado por Colpensiones? ¿Se puede anular el traslado estando a menos de diez años para pensionarse? Ante estos interrogantes, se le informa a la comunidad, que sí es posible retornar al RPM-COLPENIONES, siempre y cuando sea posible establecer que a pesar de haberse realizado una afiliación al Régimen de Ahorro Individual en forma libre, el consentimiento de la persona se encuentra viciado, y los asesores al momento del ofrecimiento del traslado se valieron de engaños, falsas promesas y omisiones en la información de las verdaderas consecuencias, condiciones y beneficios que tendría al estar en el RPM o en el RAIS.
Por ello, si una persona considera y acredita que su traslado del RPM hacia el RAIS se realizó mediante falsas promesas y engaños, tiene la opción de solicitar la nulidad del traslado efectuado.
Este trámite puede hacerse mediante un proceso laboral ordinario, en el cual podrá el Juez, -luego del análisis concreto de cada caso- determinar la viabilidad o no del traslado o afiliación.
Es importante hacerle saber a la comunidad que estas solicitudes de nulidad de traslado ya están siendo conocidas por parte de la Corte Suprema de Justicia y la Corte Constitucional, encontrándose en aumento las demandas por este tipo de hechos, al punto, que en la entrevista realizada por parte de Portafolio al señor Juan Miguel Villa Lora, actual presidente de Colpensiones, se señaló que son más de 11.550 demandas interpuestas para exigir la nulidad del traslado, y en el 2018 tuvieron fallo favorable 717 personas.
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