#Video Turistas denuncian que grúa no autorizada por Movilidad pretendía llevarse vehículos en El Rodadero

Por esta época, es normal que Santa Marta reciba turistas nacionales y extranjeros, quienes deciden visitar lugares atractivos como El Rodadero. Sin embargo, lo que menos esperan estas personas es vivir situaciones incómodas, ocasionadas por quienes, aparentemente, deciden actuar sin conocimiento de las normas.
De acuerdo con un denunciante, dos hombres que no estaban autorizados por la Secretaría de Movilidad del Distrito, pretendían llevarse un vehículo que estaba parqueado en El Rodadero. “Ellos solos por su propia cuenta lo estaban haciendo. No había ni una autoridad de tránsito, solo ellos”, dijo la persona.
La víctima del que, al parecer, es un atropello, aseguró a este diario digital que “inclusive, cuando vieron que los estaban filmando, ellos dicen que apenas los van a llamar –a agentes de tránsito-, y ya tienen esa maña de estar recogiendo –los carros- de todos los turistas y estar llevándoselos así”.
Según el turista cuyo vehículo pretendía ser llevado, los hombres, al sentir la presión de las personas que estaban en la zona, optaron por marcharse, no obstante, más adelante sí lograron recoger un carro que también se encontraba parqueado en una zona permitida. “Al rato fueron y se llevaron otro –carro- de los turistas. Lo están haciendo de forma arbitraria porque ellos no son autoridades de tránsito”, aseguró.
Seguimiento.co contactó a un experto en normas de tránsito, quien aseguró que las dos personas que pretendían montar el vehículo a la grúa, sin compañía de agentes de tránsito, estarían cometiendo el delito de hurto, puesto que habrían violado los artículos 3, 127 y 135 del Código Nacional de Tránsito (CNT).
“Para que una grúa pueda llevarse un carro, tiene que haber agentes de tránsito u otra autoridad presente en el lugar. Ellos no están revestidos de la autoridad necesaria para hacerlo. Para eso, pueden remitirse al artículo 3 del Código Nacional de Tránsito, donde se detallan quiénes son las autoridades competentes para estos casos”, dijo el experto.
A su vez, la fuente manifestó que “en ningún momento se observa a agentes de tránsito, eso ya sería un hurto, porque para estos operativos, se necesita que la autoridad observe que el conductor está violando la norma. Eso está en el artículo 135 del CNT y si ellos se lo llevan a un parqueadero, sin presencia de agentes, pues la autoridad en ningún momento verificó que realmente se estuviera cometiendo una infracción”.
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