Magistrados revocan fallo de tutela que afectaba libertad de expresión de Seguimiento.co
![Seguimiento.co Este es el predio que, según el denunciante, han pretendido quitarle.](https://seguimiento.co/sites/default/files/styles/1010x526/public/2018/12/20/articulo/articulo_tierras_bayter.jpg?itok=VEM7RHJ5)
![](https://www.seguimiento.co/sites/default/files/2018/9/07/perfil/logo_seguimiento.jpeg)
La Sala de Decisión Penal en Tutelas del Tribunal Superior del Distrito de Santa Marta resolvió a favor de Seguimiento.co el fallo de un juez que le había ordenado a este medio digital retractarse por una publicación periodística en la que se visibilizó la denuncia de un ciudadano quien reclamaba que, mediante argucias jurídicas, pretendían robarle su predio localizado en la Vía Alterna al Puerto.
A raíz de la publicación de Seguimiento.co, uno de los abogados involucrados en la historia, Ricardo Fernández de Castro Dangond, se sintió aludido con la noticia y radicó un recurso de tutela (sin solicitad previa rectificación a este medio digital) en el que exigía que se le defendiera su derecho a la honra y buen nombre pues, según él, habían sido vulnerados.
No obstante, la decisión de los magistrados David Vanegas González, José Alberto Dietes Luna y Carlos Milton Fonseca Lidueña revocó la del juez, defendiendo así el derecho de este medio digital a la libertad de expresión e información, así como el del ciudadano a hacer pública su denuncia.
El análisis de los magistrados, que revocaron la decisión del juez en primera instancia, concluyó que, si bien los medios de comunicación deben basan sus noticias en hechos, no significa que los medios “deban presentar las noticias como relatos puros sobre hechos acaecidos, pues la libertad de opinión de los periodistas y la defensa del pluralismo autorizan que los medios valoren de determinada manera lo sucedido”.
Asimismo, los magistrados penales del Tribunal consideraron que el pretender que el ciudadano se retractara de su denuncia (que también cursa su trámite en la Fiscalía) “generaría un precedente nefasto para los denunciantes de comisiones de presuntos hechos delictivos, toda vez que las personas señaladas acudirían entonces a la tutela para obtener forzosamente, del denunciante, una retractación no voluntaria”.
“No se le puede exigir retractación al denunciante, Raúl Bayter Jelhk (denunciante), que emita una rectificación toda vez que los elementos de prueba fueron presentados en una debida denuncia penal ante la Fiscalía, que debe ser la encargada de esclarecer los hechos”, agregaron los magistrados.
La denuncia hecha por el ciudadano, que fue publicada por Seguimiento.co el 24 de septiembre de 2018, sostiene que, con documentos aparentemente falsos, al señor Raúl Bayter, propietario de un terreno en la Vía Alterna, quieren hacerlo ver como el “dueño ilegítimo” de su propio predio.
Entre otras cosas, el denunciante sostiene que, con cuatro meses de diferencia, el mismo abogado (quien instauró la tutela) pretendió defender los intereses de un supuesto dueño de la tierra que posee Bayter, para lo cual lo requirieron mediante querella policiva. Y, como en esa ocasión no lograron hacerlo, cuatro meses después el mismo abogado, defendiendo los intereses de un nuevo supuesto dueño, volvió a requerirlo.
“¿Cómo puede el mismo abogado aparecer con dos supuestos dueños distintos, tan solo con cuatro meses de diferencia?”, se preguntaba el denunciante en su momento.
Pese a que Seguimiento.co consultó en su momento a uno de los abogados involucrados en la denuncia, este desistió de dar su versión y, por el contrario, acudieron a la tutela. Fallo que, en última instancia, defendió los derechos de este medio digital y del denunciante.
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