En Santa Marta prohíben la circulación de motocicletas los 15 y 30 de cada mes


La Alcaldía de Santa Marta expidió el decreto número 258 del pasado 17 de julio, por medio del cual se prohíbe la circulación de motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos en la ciudad los días 15 y 30 de cada mes
El decreto, firmado por la alcaldesa encargada Martha Castañeda y la secretaria de Movilidad, Claudia Patricia García, empezó a regir desde este jueves y estará vigente hasta el próximo 31 de diciembre (ver decreto).
Esta medida se toma, según el decreto, con el fin de garantizar la tranquilidad, integridad y seguriadd ciudadana teniendo en cuenta que en la mayoría de los accidentes de tránsito que se registran en el Distrito están involucradas motocicletas y los delitos como homicidios y hurtos a personas también son cometidos en este tipo de vehículos.
De esta restricción se exceptúan los vehículos tipo motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos utilizados por la caravana presidencial, los organismos de seguridad del Estado que pertenezcan y hagan parte de las Fuerzas Armadas de Colombia, Policía Nacional, Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), Inpec, Fiscalía General de la Nación y los que ejerzan funciones legales de Policía Nacional.
Igualmente, los vehículos de entidades oficiales debidamente acreditados, autoridades de tránsito, autoridades judiciales, autoridades de control, Procuraduría, Contraloría, Personería y Defensoría del Pueblo, personal de los organismos de socorro, vehículos pertenecientes al cuerpo de bomberos, empresas de vigilancia y seguridad privada, personal operativo de las empresas de servicios públicos domiciliarios, de los ediles del Distrito, cuerpo de control de la Secretaría de Movilidad, personal de mensajería debidamente certificado y las motocicletas extranjeras que estén de paso por la ciudad.
Los conductores que infrinjan el decreto incurrirá en sanciones pecuniarias y en la inmovilización del vehículo.
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