Dilema jurídico por designación de Martínez antes de su detención domiliciaria

La detención domiciliaria del alcalde de Santa Marta, Rafael Martínez, y la designación previa del secretario jurídico del Distrito, Adolfo Torné, como alcalde encargado debido a la solicitud de vacaciones del titular, quien presuntamente deberá estar en el cargo hasta que termine el período de vacaciones, abre un debate jurídico toda vez que no existe una norma en concreto sobre cómo proceder en estos casos.
Martínez dijo este viernes en declaraciones a la W Radio que solicitó sus vacaciones desde el pasado 9 de marzo, pero le pidió al secretario General que no las hiciera efectivas hasta su regreso de Rosario, Argentina, e Israel, donde estuvo la semana pasada cumpliendo gestiones en favor de la ciudad.
“Desde anteayer (miércoles) le dije que reactivara mis vacaciones también para ponerme al frente de este tema judicial (…) Hay un alcalde encargado porque no hay ausencia absoluta, está cumpliendo mis vacaciones y hasta que yo no regrese esa persona seguirá al frente de la Alcaldía, si se termina el encargo de las vacaciones y no he resuelto mi situación jurídica, obviamente la Presidencia tendrá que designar una persona de una terna que envía el movimiento (Fuerza Ciudadana)”, expresó Martínez.
Por su parte, el alcalde encargado Adolfo Torné dijo el jueves que estará en el cargo hasta el próximo 2 de mayo, cuando se venzan las vacaciones de Martínez.
El politólogo y docente del Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad del Norte, Ángel Tuirán, explicó que en materia de distritos, el ordenamiento jurídico colombiano señala que el Presidente de la República será la autoridad competente para hacer efectiva la suspensión o destitución y designar al alcalde encargado, en un término no mayor a 30 días, en caso de faltas temporales, como lo es la detención domiciliaria de Martínez.
Además, indicó que si el encargo hecho por el alcalde titular se realizó antes de conocerse su detención domiciliaria, el alcalde encargado deberá adelantar su gestión, mientras una autoridad judicial o administrativa, en caso de encontrarlo necesario, señale o aclare, la forma de proceder en este caso.
“Lo que sucede es que las vacaciones se solicitaron antes y seguramente hay un acto administrativo, que tiene presunción de legalidad. Esa sería la base normativa para el encargo. Luego viene la suspensión (del alcalde), si la suspensión se da antes que empezara su periodo de vacaciones, efectivamente la suspensión deja sin efecto el periodo de vacaciones. Por eso, un juez o autoridad administrativa deberá aclarar cómo proceder en este caso”, explicó Tuirán.
Por su parte, el abogado Humberto Díaz dijo que el presidente Iván Duque, después de ser notificado de la decisión del juez de dictarle medida de aseguramiento a Rafael Martínez, debe expedir el decreto que ordena su suspensión y puede ratificar a Adolfo Torné o designar a otro alcalde encargado, mientras que el movimiento Fuerza Ciudadana presenta la terna de la que se escogerá el reemplazo de Martínez.
No obstante, aseguró que el encargo que hizo Martínez por sus vacaciones queda sin efectos si el presidente así lo estima porque “el alcalde está suspendido por un mandato judicial, él hoy no está gozando de sus vacaciones, que quedaron en pause y cuando regrese se le vuelven a contar. No se puede decir que hoy está gozando de vacaciones y que esa resolución de encargo de Torné tenga validez jurídica si el presidente decide ordenar que se designe un nuevo alcalde para la ciudad”.
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