El 18 de mayo iniciará el primer ciclo de vacunación contra la fiebre aftosa


A partir del próximo 18 de mayo y hasta el primero de julio se llevará a cabo el primer ciclo de vacunación de 2020 contra la fiebre aftosa y la brucelosis bovina en gran parte del territorio nacional, con el fin de proteger el hato ganadero y fortalecer la seguridad sanitaria de Colombia. Igualmente, se adelantará la vacunación contra la rabia de origen silvestre en las zonas de riesgo.
“Todos los animales deben ser vacunados en las fechas establecidas, por eso es importante el compromiso de los ganaderos y, de esta manera, mantener el estatus de país libre de fiebre aftosa con vacunación, recuperado en el mes de febrero, gracias al trabajo conjunto entre el sector público y el privado”, indicó la gerente general del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), Deyanira Barrero León.
El ICA, como responsable de velar por la sanidad agropecuaria del país, formalizó la decisión mediante la Resolución 64528 del 24 de marzo de 2020, en la que establece que la vacunación contra la fiebre aftosa se aplicará a todos los animales de la especie bovina y bufalina existentes en el territorio nacional, con excepción del archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina; las islas de Gorgona y Malpelo, y el Urabá Chocoano, zonas declaradas libres de esta enfermedad sin vacunación.
El proceso de la aplicación de las vacunas contra la fiebre aftosa y la brucelosis bovina es responsabilidad de Fedegan, en su condición de entidad administradora de las cuotas de fomento ganadero y lechero, quien vigilará el cumplimiento de las obligaciones de las organizaciones gremiales ganaderas, cooperativas y otras organizaciones del sector que formen parte de las Organizaciones Ejecutoras Ganaderas Autorizadas (Oega) para el primer ciclo de 2020, el cual, como todos los demás, también contará con la supervisión del ICA.
Durante el ciclo de vacunación, el instituto realizará supervisión de la cadena de frío en todos los puntos de distribución autorizados, a predios vacunados y a vacunadores para garantizar el adecuado desempeño del ciclo de vacunación. Así mismo, semanalmente se hará evaluación del desempeño de las Oegas.
Es importante resaltar que todos los animales procedentes de los departamentos y municipios de las zonas libres de aftosa sin vacunación que sean movilizados a zonas donde es obligatoria la vacunación, deben ser inmunizados contra esta enfermedad en el lugar de destino. La inmunización deberá ser registrada y oficializada ante el ICA.
Con relación a la vacuna contra la brucelosis bovina, las Oega inmunizarán a toda hembra bovina y bufalina entre los 3 y 8 meses de edad existentes en el país, con excepción de aquellas que se encuentren ubicadas en la Provincia de García Rovira, en el departamento de Santander; la Provincia Norte y Gutiérrez, en el departamento de Boyacá; y el archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
La resolución también establece que todos los bovinos deberán ser vacunados de manera obligatoria contra la rabia de origen silvestre en las zonas de riesgo establecidas. Para tal efecto, sólo se podrán utilizar productos registrados ante el ICA para realizar la vacunación, ya sea con la vacuna monovalente contra la rabia junto con la de fiebre aftosa, o con la vacuna asociada aftosa – rabia.
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