En primer debate se aprueba que delitos sexuales contra niños sean juzgados por la justicia ordinaria


La Comisión Primera del Senado de la República aprobó en primer debate el proyecto de Acto Legislativo 038 de 2019 Senado, que complementa el artículo 44 de la Constitución presentado por el Ministerio de Justicia y del Derecho a consideración del Congreso y garantiza la protección para los niños colombianos.
En la sesión, 13 senadores acogieron los argumentos presentados por la Ministra de Justicia y del Derecho, Gloria María Borrero, quien insistió en su aprobación al considerar que la iniciativa desarrolla todos los convenios internacionales suscritos por Colombia en defensa de los derechos del niño, contenidos en el bloque de constitucionalidad de la Carta Política de 1991.
La alta funcionaria indicó que el proyecto de Acto Legislativo utiliza el término de “delito sexual” para referirse a los actos criminales contra los niños a los que se deben aplicar las penas más severas y sin ningún tipo de concesión, no solo es acogido por la jurisprudencia de la Corte Constitucional sino por la legislación internacional.
El Acto Legislativo también busca evitar el uso de los niños y niñas en la guerra al desincentivar estos crímenes, pues no serían objeto de tratamientos especiales en eventuales acuerdos de paz. La Ministra Borrero destacó, la importancia que reviste el proyecto para el Gobierno Nacional. El objetivo es el de garantizar las máximas penas posibles a quienes atenten contra la integridad de los menores de edad sin ningún tipo de concesión.
“Es un tema que el Presidente Iván Duque ha impulsado desde su paso como senador y que mantuvo durante su campaña”, expresó ante los senadores de la Comisión Primera de esa célula legislativa la titular de la cartera de Justicia y del Derecho.
Por solicitud de los senadores, las disposiciones del inciso tercero del artículo 44 de la Constitución Política, en ningún caso afectarán las disposiciones de acuerdos de paz que se hayan firmado con anterioridad. Con el Acto Legislativo, una vez se apruebe en los ocho debates de ley, se incluiría el siguiente aparte en el artículo 44 de la Constitución Nacional.
Los delitos sexuales contra los niños, niñas y adolescentes estarán sometidos únicamente a las sanciones establecidas en el régimen penal ordinario y serán investigados y juzgados conforme las normas definidas en el Código de Procedimiento Penal.
Se espera entonces el segundo debate de este Acto Legislativo en la Plenaria del Senado de la República.
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