Todo lo que debes saber sobre el decreto de cuarentena en Santa Marta

Si eres de los que te sientes confundido cuando te hablan de las medidas del toque de queda en Santa Marta, ¡no te preocupes! Existen razones suficientes para enredarse. La razón es porque, además de que se han promulgado decretos a nivel presidencial, que tienen influencia en el país entero, a nivel departamental el gobernador Carlos Caicedo ha hecho varias intervenciones en las que toma la vocería por Santa Marta.
Sin embargo, en términos estrictamente normativos, Santa Marta es un Distrito y por esto las medidas del Carlos Caicedo nada tienen que ver con la ciudad. Aún cuando la alcaldesa es de la línea política del gobernador, ella debe expedir la norma por la que nos regimos los que habitamos en la capital del departamento.
Pese a que el gobernador del Magdalena hizo una rueda de prensa el sábado para anunciar que el toque de queda se iniciaba el sábado a las 2 de la tarde, realmente se estaba refiriendo a los municipios magdalenenses sin incluir a Santa Marta. El decreto de la alcaldesa salió horas después y es el número 095 del 21 de marzo de 2020 (descárgalo aquí).
Este decreto distrital es realmente muy parecido al de la Gobernación, pero también tiene sus propios artículos que aplican para Santa Marta. Por ejemplo, el toque de queda se inicia realmente hoy (domingo), 22 de marzo, a las 8 de la mañana y no desde ayer (sábado), como lo hizo el resto del Magdalena.
En Seguimiento.co, lo revisamos en detalle para aclararle a los lectores todo lo que deben saber sobre las normas, prohibiciones y exenciones que hay para la circulación durante estos días que durará el confinamiento obligatorio para reducir al máximo la propagación del coronavirus.
¿Qué se puede hacer y qué no se puede hacer?
1. Prohibida la circulación
Básicamente el eje del decreto de la Alcaldía es el de prohibir la circulación de personas y de vehículos por las calles de Santa Marta. Esta prohibición obligatoriamente lleva a que los habitantes tengan que permanecer en sus propias casas, sin poder salir de ellas, desde este domingo hasta el 13 de abril de 2020, un total de 23 días.
2. ¡Sí se puede ir a tiendas y supermercados!
Una de las grandes preocupaciones de las personas había sido la incertidumbre sobre si se permitiría la circulación para abastecerse de alimentos. Esa preocupación se evidenció el mismo sábado en la mañana, cuando cientos de samarios se agolparon en todos los supermercados y protagonizaron pequeñas estampidas de personas afanadas por acaparar alimentos.
Con el decreto desaparece la incertidumbre. El artículo 21 establece literalmente que pueden circular de manera excepcional “Las personas que requieran abastecimiento de víveres y productos de aseo o higiene”.
No obstante, el sentido común y el mismo propósito del aislamiento da a entender que esta debe ser una medida de excepción que debería hacer una sola persona de la familia -aunque no haya quedado expreso en el decreto- para disminuir los riesgos de propagación del virus.
3. Los restaurantes sí operan: a puerta cerrada y solo por domicilio
Otra de las grandes dudas había sido la operación de restaurantes. Esto lo aclaró hace unos días el presidente de la República, cuando, a través de un decreto, dejó claro que todas las medidas de los gobernantes territoriales debían respetar el funcionamiento de los establecimientos de comida (gastronómicos) a los cuales de ninguna manera se les podría prohibir el despacho de domicilios. Esto quedó reflejado en el decreto de Virna Johnson que, en su artículo segundo, agregó todas las disposiciones que había manifestado el presidente Duque.
4. Según Virna Johnson se puede ir a comprar medicamentos, asistir a citas médicas e ir a clínicas
Aunque no encontramos un artículo expreso que facultara a las personas a poderse movilizar para asistir a droguerías, citas médicas o clínicas (solamente está expreso para los mayores de 70 años), la alcaldesa Virna Johnson hizo una declaración pública en video en la que informó a los ciudadanos que no tendrían problema con la circulación cuando se tratara de uno de estos casos, incluyendo también el de los supermercados (del que ya hablamos en el punto 1).
5. ¿Qué pasa con los carros particulares y las motos?
Como el decreto restringe la movilidad, por obvias razones estos vehículos no pueden circular como norma general. No obstante, quienes hagan parte de las exenciones (casos especiales a quienes se les permite circular), estos podrán hacerlo en sus vehículos, bien sea moto o carro.
En ningún caso se permitirá que quien se movilice en motocicleta lo haga con parrillero de ningún tipo.
6. ¿Van a operar buses y taxis?
En el decreto 095 sí está contemplado que puedan circular los buses de transporte colectivo, pero con ciertas limitaciones: su cupo no podrá sobrepasar el 50% para mantener la distancia social, no podrán ir pasajeros de pie y el último servicio se prestará hasta las 8 de la noche.
Los taxis que circulen solo lo podrán hacer siempre y cuando justifiquen que transportan a un pasajero dentro del marco de las exenciones (por ejemplo, a un viajero que vaya al aeropuerto o terminal de buses, o alguien que vaya al supermercado), pero el conductor deberá demostrar también que el servicio fue contratado por una herramienta tecnológica, como una app.
Los vehículos de transporte especial y mixto de operación nacional no pueden circular en la ciudad.
7. ¿Se puede viajar?
Mientras que el presidente Iván Duque no tome una medida como estas, en Santa Marta está permitida la operación tanto del aeropuerto como de la terminal de transportes. Las únicas claridades que hizo la alcaldesa al respecto, es que solo pueden operar los puntos autorizados por el distrito, como la terminal de transporte. Otros puntos que suelen usarse de manera irregular (bomba Zuca, salida del Rodadero, al lado de la Terminal, entre otros) no se les permitirá operar.
En el decreto se dan las facilidades del caso para que todo el personal operativo y administrativo que está vinculado a estas terminales pueda llegar hasta sus lugares de trabajo.
Los animales, el gran vacío del decreto
Actualización | Antes de seguir leyendo: Informamos que, posterior a esta publicación, la Alcaldía de Santa Marta encontró una solución para los dueños de mascotas, que las podrán sacar una vez al día de sus casas para un corto paseo y que hagan sus necesidades. También permitirán que animalistas adscritos a una fundación hagan actividades en calle para beneficio de los animales.

Al revisar el decreto 095 del toque de queda en Santa Marta notamos un gran vacío que no fue tenido en cuenta en las concertaciones: la inexistencia de los animales bien sea mascotas o en condición de calle.
De este modo, no se contempló que al menos algún miembro del hogar pueda sacar a los animales a las cercanías de la casa para que este haga sus necesidades, ni se garantiza tampoco el tránsito de animalistas que dan de comer a muchos perros y gatos de las calles.
En otros países se han hecho virales los videos de animales que, ante la necesidad de comer para sobrevivir, se han tomado las calles abandonadas de las ciudades.
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