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Lunes 07 de Enero de 2019 - 1:38pm

Corte había ordenado protección y atención para la líder social Maritza Quiroz

¿De qué sirven los comités extraordinarios de seguridad, después del asesinato anunciado de la líder?
Maritza Quiroz tenía distintos cultivos en sus tierras restituidas.
Maritza Quiroz tenía distintos cultivos en sus tierras restituidas. / undefined
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El vil asesinato de la líder Maritza Quiroz Leiva, ocurrido en la madrugada de este domingo en zona rural de Santa Marta, evidencia, una vez más, las falencias de Estado colombiano para proteger a quienes están en la mira de las balas asesinas de los grupos al margen de la Ley y que han sido víctimas de desplazamiento forzado como consecuencia del conflicto armado.

No de otra manera se entiende cómo a una mujer como Maritza, luchadora por los derechos de las comunidades afrodescendientes, que la Corte Constitucional le ordenó al Estado su protección y atención desde el 14 de abril de 2008, haya sido atacada mortalmente y en total estado de indefensión.

El resultado de los hechos lo confirma la versión entregada por su hijo cuando reportó el homicidio.

Recomendamos: La historia de Maritza Quiroz, la incansable lideresa rural que murió por manos criminales en Santa Marta

Luis Camilo Bermúdez Quiroz llegó a las 3:45 am del domingo a las instalaciones de la subestación de Policía de Bonda señalando que en momentos en que se encontraba en la finca (El Diviso) en compañía de su señora madre Maritza Quiroz Leiva, golpearon la puerta de la residencia y ésta le advierte que busque refugio, por lo que se esconde debajo de una cama.

Seguidamente, sujetos que portaban armas de fuego ingresaron y dispararon contra la humanidad de su señora madre.

Sin embargo, hace once años la Sala Segunda de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los Magistrados Manuel José Cepeda Espinosa (Ponente), Jaime Córdoba Triviño y Rodrigo Escobar Gil, protegió los derechos fundamentales de 600 mujeres afectadas por el desplazamiento forzado por causa del conflicto armado, incluyendo a Maritza Quiroz Leiva, quien en la lista conocida por Zonacero.com figura con el número 448 cn desplazamiento hacia la ciudad de Santa Marta.

Así, mediante Auto 092 de esa fecha, la Corte adoptó “medidas comprehensivas para la protección de los derechos fundamentales de las mujeres desplazadas por el conflicto armado en el país y la prevención del impacto de género desproporcionado del conflicto armado y del desplazamiento forzado”.

Esto en razón a que el esposo de Maritza Quiroz había sido asesinado en la zona de Palmor, en la Sierra Nevada de Santa Marta y tuvo que desplazarse con sus hijos Álvaro, Ariadna, Nereidaleth y Luis Bermudez Quiroz hacia Santa Marta.

Dentro de las medidas de protección y atención para las 600 mujeres, incluyendo a Maritza Quiroz Leiva, la Corte dictó las siguientes: Creación de trece programas específicos para colmar los vacíos existentes en la política pública para la atención del desplazamiento forzado desde la perspectiva de las mujeres, de manera tal que se contrarresten efectivamente los riesgos de género en el conflicto armado y las facetas de género del desplazamiento forzado; establecimiento de dos presunciones constitucionales que amparan a las mujeres desplazadas; adopción de órdenes individuales de protección concreta para seiscientas mujeres desplazadas en el país, y la comunicación al Fiscal General de la Nación de numerosos relatos de crímenes sexuales cometidos en el marco del conflicto armado interno colombiano.

Mosaico del album familiar de la líder.

Mosaico del album familiar de la líder. / Cortesía

La Corte sustentó como presupuesto fáctico de su decisión “el impacto desproporcionado, en términos cuantitativos y cualitativos, del conflicto armado interno y del desplazamiento forzado sobre las mujeres colombianas”. En tanto que el presupuesto jurídico lo argumentó como “el carácter de sujetos de protección constitucional reforzada que tienen las mujeres desplazadas por mandato de la Constitución Política y de las obligaciones internacionales del Estado colombiano en materia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario”.

En consecuencia, la Corte declaró que “las autoridades colombianas a todo nivel están bajo la obligación constitucional e internacional imperiosa de actuar en forma resuelta para prevenir el impacto desproporcionado del desplazamiento sobre las mujeres y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales de las que han sido afectadas; así como conjurar en forma efectiva las causas de raíz del panorama generalizado de violencia sexual acreditado ante esta Corporación por múltiples fuentes de manera consistente y reiterada”.

Por ello, “para prevenir el impacto desproporcionado y diferencial del desplazamiento forzado sobre las mujeres colombianas, y proteger de manera efectiva los derechos fundamentales de las mujeres víctimas del desplazamiento”, ordenó al Director de Acción Social llevar a su debido término el diseño e implementación de trece Programas “para colmar los vacíos críticos en la política pública de atención al desplazamiento forzado”.

Para la Corte Constitucional, la violencia ejercida en el conflicto armado interno colombiano “victimiza de manera diferencial y agudizada a las mujeres, porque por causa de su condición de género están expuestas a riesgos particulares y vulnerabilidades específicas que a su vez son causas de desplazamiento, y por lo mismo explican en su conjunto el impacto desproporcionado como víctimas sobrevivientes de actos violentos que se ven forzadas a asumir roles familiares, económicos y sociales distintos a los acostumbrados, las mujeres deben sobrellevar cargas materiales y psicológicas de naturaleza extrema y abrupta, que no afectan de igual manera a los hombres”.

Pero, la decisión de la Corte quedó a medias. O no hubo seguimiento o simplemente existió silencio cómplice del Estado.

A Maritza, quien este 11 de enero cumpliría los 57 años de edad y se desempeñaba como miembro de la Autoridad Nacional de Afrocolombianos (Anafro) y de la Asociación de Afrodescendientes Nelson Mandela (Asofronnelman), solamente le entregaron una parcela, dentro de un conjunto de tierras otorgadas por el Incoder para mujeres víctimas del desplazamiento forzado.

Pese a que Maritza, continuó con sus tareas en la defensa de los derechos de su gente, no obstante su situación de vulnerabilidad en su seguridad, su situación no dejaba de ser delicada.

Participaba activamente en la Mesa Distrital de Víctimas en Santa Marta. El viernes pasado también estuvo presente en un encuentro convocado por la Vicepresidencia de la República, la Gobernadora del Magdalena y la Consejería de la Mujer.

Y sus cuatro hijos, Álvaro, Ariadna, Nereidaleth y Luis Camilo, de victimIzados, ahora pasaron a ser revictimizados: Con sus padres caídos.

El repudio por este vil asesinato es generalizado.

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