Así podrán solicitar las iglesias su reapertura en Santa Marta
La Secretaría de Gobierno de Santa Marta y su Enlace Religioso se encuentran preparando la reactivación de las iglesias en la ciudad, con el propósito de lograr la adecuada y responsable realización de las actividades presenciales del sector religioso, de acuerdo con lo previsto en el Decreto Presidencial 1168 del 25 de agosto de 2020, adoptado por el Decreto Distrital número 231 del 31 de abril de 2020 y la resoluciones número 666 del 24 de abril de 2020 y número 1120 del 3 de julio de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social.
“Existe una mesa entre todas las comunidades de fe y el Gobierno Distrital, en la que hemos venido analizando y estudiando cada uno de los decretos que el Gobierno Nacional ha promulgado, así como las decisiones que a nivel departamental ha tomado el Gobernador, de igual forma los decretos que la Alcaldesa del Distrito ha sacado con el bien de seguir garantizando la vida de las personas”, dijo Adolfo Bula, secretario de Gobierno.
El funcionario añadió que “en el caso particular de cada una de las comunidades de fe se ha acordado que vamos a trabajar con el protocolo que se emitió por parte del Ministerio de Salud, más las recomendaciones que se han hecho por parte del Ministerio del Interior, las normas establecidas en el último decreto nacional, departamental y distrital, todo eso se ha condensado de una circular que establece cada uno de los pasos que se deben cumplir para poder dar la reapertura”.
Es por ello que, para realizar actividades religiosas presenciales, las diferentes iglesias de la ciudad deben cumplir con todos los protocolos y medidas establecidas como la desinfección de las instalaciones y elementos utilizados en ceremonias, distanciamiento físico de mínimo 2 metros, inscripción previa de los asistentes, toma de temperatura, lavado de manos y uso de tapabocas.
En este sentido, cualquier entidad u organización religiosa que desee realizar, prestar servicios presenciales, después de adoptar los protocolos de bioseguridad pertinentes, debe seguir los siguientes pasos:
1) Solicitar por escrito ante la Secretaría de Gobierno Distrital a través del correo electrónico [email protected] la verificación previa del cumplimiento del protocolo de bioseguridad elaborado por la entidad, en estricto cumplimiento de las Resoluciones No. 666 del 24 de abril de 2020 y No. 1120 del 3 de julio de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social y en caso de adaptar algún procedimiento adicional conforme al rito o liturgia del credo religioso, dejar constancia. Dicha solicitud deberá firmarse por el representante legal de la entidad u organización religiosa y acompañarse de:
-Documento legal que acredite la calidad del peticionario.
-Formulario de registro de entidades y organizaciones religiosas diligenciado en formato Excel, el cual podrá descargarse de la página web de la Alcaldía Distrital de Santa Marta, https://www.santamarta.gov.co.
-Documento de protocolo de bioseguridad elaborado por la entidad u organización religiosa, en estricto cumplimiento y adopción de las Resoluciones No. 666 del 24 de abril de 2020 y No. 1120 del 3 de julio de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social, firmado por el representante legal de la entidad u organización religiosa.
2) Posteriormente, se realizará una visita de inspección, por parte de los funcionarios de la Secretaría de Gobierno, al lugar destinado para las actividades religiosas, con el fin de verificar la instalación de la logística e implementación responsable de todos los protocolos de bioseguridad.
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