¡Recuerde! Desde este domingo Colombia dice no a los plásticos de un solo uso
Si usted es de las personas que va al supermercado y utiliza bolsas plásticas para transportar sus compras a casa, o si utiliza hisopos para higiene personal, debe saber que este domingo Colombia vivirá un cambio importante porque entra en vigor la ley de plásticos de un solo uso.
Esta normativa, promovida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, busca que los colombianos tengan un cambio significativo en la manera en que interactúan con productos plásticos desechables. Según la ONU, cada año llegan al mar entre 13 y 14 millones de toneladas de plásticos en todo el mundo, y Colombia produce un millón 400 mil toneladas de plástico, según cifras de Eko Red.
La Ministra de Ambiente, Susana Muhammad, aseguró que cada colombiano consume en promedio 24 kilogramos de plástico al año.
¿Cuáles son los elementos que salen de uso el 7 de julio?
- Bolsas de punto de pago utilizadas para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías, excepto aquellas reutilizables o de uso industrial.
- Bolsas utilizadas para embalar periódicos, revistas, publicidad y facturas.
- Bolsas utilizadas en las lavanderías para empacar ropa lavada.
- Rollos de bolsas vacías en superficies comerciales para embalar, cargar, transportar paquetes y mercancías o llevar alimentos a granel, excepto para los productos de origen animal crudos.
- Mezcladores de azúcar.
- Pitillos para bebidas.
- Soportes plásticos para bombas de inflar.
- Soportes plásticos para copitos de algodón o hisopos flexibles con puntas de algodón.
Es importante recalcar que estas medidas aplican a todo el país y las entidades públicas no podrán adquirir plásticos de un solo uso prohibidos, excepto aquellos que cumplan con las alternativas sostenibles. Además, deben establecer estrategias y campañas de reducción.
La Ministra destacó que actualmente en el país hay 375 negocios verdes que trabajan en el reemplazo de este tipo de materiales plásticos y su incorporación a la economía circular.
“Esperamos que esta transición al modelo de economía circular la podamos visibilizar de forma muy potente en la COP16, porque hace parte de la convención de biodiversidad para abordar la crisis de contaminación de microplásticos y el tratado de plásticos de un solo uso que se está negociando a nivel mundial para la eliminación de los plásticos que no sean esenciales, por ejemplo, para usos médicos donde no hay hoy un reemplazo", indicó Muhammad.
Multas para infractores
Dentro de la resolución 0803 de 2024, el Ministerio fijó las sanciones para personas naturales o jurídicas que produzcan o comercialicen estos plásticos que estarán prohibidos a partir de este domingo.
Habrá una multa de 100 hasta 50 mil salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento en que sea detectado el hecho, se decomisarán los elementos plásticos, habrá clausura del establecimiento por un tiempo máximo de un mes y la clausura definitiva.
Las anteriores sanciones serán impuestas por las autoridades ambientales competentes, quienes serán los encargados de la graduación de las sanciones con base a la magnitud del incumplimiento, la condición económica del infractor y el carácter de reincidente. Serán impuestas con criterios de razonabilidad y proporcionalidad.
Plásticos que podrán ser utilizados por un término máximo de ocho años
Hay otros plásticos que podrán seguir siendo usados por al menos ocho años, contando desde la entrada en vigor de la ley.
Son los envases o empaques, recipientes y bolsas para contener líquidos no preenvasados, para consumo inmediato, para llevar o para entregas a domicilio, platos, bandejas, cuchillos, tenedores, cucharas, vasos y guantes para comer.
Confeti, manteles y serpentinas, también están envases o empaques y recipientes para contener o llevar comidas o alimentos no preenvasados para consumo inmediato, los cuales son utilizados para entregar o llevar domicilios.
Láminas para servir, empacar, envolver o separar alimentos de consumo inmediato, utilizados para llevar o para entrega a domicilio, los magos para hilo dental o porta hilos dentales de uso único, empaques, envases o cualquier recipiente empleado para la comercialización al consumidor final de frutas, verduras y tubérculos frescos, hierbas aromáticos frescas, hortalizas frescas y hongos frescos.
También adhesivos, etiquetas o cualquier distintivo que se fije a los vegetales.
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