Hasta 10 años de cárcel podría pagar el conductor que atropelló a fleteros en Medellín


Los fatídicos hechos que ocurrieron el pasado domingo en el barrio El Poblado, de Medellín, cuando dos presuntos fleteros atracaron a un conductor de una camioneta Toyota Prado y la víctima tomó la justicia por sus propias manos atropellándolos, está ahora en manos de la justicia.
Los dos motociclistas, uno de ellos menor de 15 años, intimidaron al conductor con un arma de fuego y le hurtaron una cadena de oro. Tras emprender la huida, el conductor, enardecido, los persiguió y los arrolló con su camioneta causándoles heridas graves.
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El secretario de Seguridad de Medellín, Andrés Tobón, aseguro que, “entiende el desespero” de la comunidad, pero según él “no se puede justificar” la reacción del conductor.
“Los victimarios atacan y le hurtan las pertenencias al conductor, la reacción de la víctima es perseguirlo. Esto no justifica la violencia, pero entendemos el desespero de la ciudadanía, donde personas criminales atentan contra la vida de las personas para robarle las pertenencias”, acotó.
La víctima del atraco se movilizaba con un niño, quien presencio la escena y los disparos que los fleteros simularon hacer con el arma para intimidar al conductor.
El secretario de seguridad reveló que uno de los victimarios ha sido capturado en tres ocasiones por el delito de hurto; mientras que el menor ya había sido aprehendido a comienzos de este año por el mismo delito, por lo que aseguró “algo está fallando” en el sistema judicial.
Esta semana se definirá si la Fiscalía le imputará cargos al conductor, posiblemente por el delito de lesiones personales; además, podría afrontar multas por el accidente de tránsito. Por su parte, los victimarios permanecen bajo custodia de la policía en centros asistenciales.
El código penal colombiano determina que, si por el atropellamiento alguno de los victimarios pierde un miembro de su cuerpo, la víctima podría pagar una pena de seis a diez años de prisión y pagar una multa entre veinticinco (25) y cien (100) salarios mínimos legales vigentes. Art. 116, Código Penal.
Si el daño consistiere en perturbación funcional transitoria de un órgano o miembro, la pena será de prisión de dos a siete años y multa de 15 a 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Art. 114, Código Penal.
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