Radican proyecto de ley que aprieta tuercas a construcción de edificios en el país
Este lunes 22 de septiembre, el Ministro de Vivienda, Luis Felipe Henao y el Superintendente de Notariado y Registro, Jorge Enrique Vélez García, radicaron ante el Congreso de La República el Proyecto de Ley “Viviendas Seguras” Por la cual se establecen medidas para incrementar la seguridad de las edificaciones, evitando que se repitan casos como el del Edificio Space en Medellín.” aseguró el Superintendente.
El Supernotariado, destacó algunos detalles del Proyecto de Ley, indicando que: el documento propone la obligatoriedad de adquirir un seguro para la construcción de viviendas nuevas que prevenga amenazas de catástrofes, cubra los daños que sufra el inmueble y los perjuicios a terceros; una supervisión técnica, y la inspección, control y vigilancia de los Curadores Urbanos.
Por otro lado, el Funcionario afirmó que la Ley también trae obligaciones específicas para Notarios y Registradores de Instrumentos Públicos, quienes no procederán a otorgar ni inscribir ninguna escritura de transferencia y/o constitución o cancelación de hipotecas o fideicomisos hasta tanto se cumpla con la obligación de protocolizar e inscribir la certificación técnica de ocupación. Así mismo, el Supernotariado advirtió que los actos que se otorguen y registren sin cumplir con lo previsto en la nueva Ley estarán incursos en causal de nulidad absoluta.
Jorge Enrique Vélez reiteró que la Superintendencia de Notariado y Registro asumirá un papel importante en el proceso de regulación, vigilancia y control sobre la labor de los Curadores, tarea para la cual, se creará una Superintendencia Delegada. Así mismo, el régimen disciplinario especial para los curadores urbanos será aplicado por la Entidad, sin perjuicio del poder preferente que podrá ejercer la Procuraduría General de la Nación, aclaró el Superintendente.
Entre otras funciones que asumirá la Superintendencia de Notariado y Registro en lo relacionado a los Curadores Urbanos serán:
1. Adelantar el concurso Nacional para la designación de los Curadores Urbanos.
2. Imponer sanciones o multas por incumplimiento de normas y órdenes de la Superintendencia.
3. Ordenar medidas necesarias para subsanar o prevenir irregularidades o situaciones anormales.
4. Pedir suministro de información y realizar visitas de inspección.
5. Tramitar y hacer seguimiento a las peticiones, quejas y reclamos que formulen los usuarios con relación al servicio de los curadores urbanos.
6. En cualquier momento, de manera oficiosa o a petición de las Entidades de Control, adelantar los procesos disciplinarios a los curadores urbanos, sin perjuicio del poder preferente de la Procuraduría General de la Nación.
7. Realizar visitas generales a las curadurías, en materia de vigilancia preventiva.
8. Proponer lineamientos, directrices y pautas de articulación entre los Curadores Urbanos y las autoridades competentes municipales y distritales en materia urbanística.
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