Corte Constitucional decide dejar el aborto como estaba: bajo tres causales específicas

Tras varios meses de expectativa, la Sala Plena de la Corte Constitucional decidió que el aborto en Colombia seguirá siendo legal solo bajo tres causales específicas: peligro para la vida o para la salud de la mujer; malformación del feto o violación.
Con una votación de seis contra tres, la Corte no acogió la ponencia que presentó el magistrado Alejandro Linares (quien pedía despenalizarlo en las primeras 16 semanas de gestación, sin condicionamientos) y consideró que las demandas que originaron esta discusión no contaban con los requisitos mínimos, por lo que no podían hacer un nuevo pronunciamiento.
El alto tribunal estudió dos demandas de la abogada Natalia Bernal, quien solicitó retroceder en el reconocimiento de este derecho fundamental y penalizar totalmente la interrupción voluntaria del embarazo.
Así pues, a favor de la ponencia de Linares votaron los magistrados Alberto Rojas Ríos y José Fernando Reyes Cuartas; mientras que los magistrados Diana Fajardo Rivera, Gloria Stella Ortiz Delgado, Cristina Pardo, Antonio Lizarazo Ocampo y Carlos Bernal Pulido concluyeron que, sobre algunos cargos que alegaba la abogada Bernal, la Corte ya se había pronunciado hace 14 años.
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