Presidente sancionó ley que convierte a Coldeportes en Ministerio del Deporte


El presidente Iván Duque sancionó la Ley que transforma a Coldeportes en Ministerio del Deporte, que será el organismo rector de la recreación, la actividad física y el aprovechamiento del tiempo libre, y que tendrá su sede principal en Bogotá.
La Ley establece que “el sector deporte, recreación, actividad física y aprovechamiento del tiempo libre está integrado por el Ministerio del Deporte y por las entidades que se le adscriban o vinculen”.
La norma sancionada guarda el principio de austeridad del Gobierno del Presidente Duque, en la medida en que en el parágrafo del artículo 13 se determinó que “la transformación de Coldeportes en el Ministerio del Deporte no debe generar gastos de funcionamiento superiores a los que tenga Coldeportes en el momento de su transformación”.
Así mismo, se definió que la planta de personal que hoy se encuentra vinculada a Coldeportes, quedará incorporada automáticamente en el Ministerio.
Dentro de los objetivos que tendrá la nueva cartera están formular, adoptar, dirigir, coordinar, vigilar, controlar y ejecutar la política pública, planes, programas y proyectos en materia deportiva, recreación y aprovechamiento del tiempo libre y la actividad física, con el fin de promover el bienestar y la calidad de vida de los colombianos.
Uno de los elementos novedosos de la Ley es que el nuevo Ministerio realizará el plan sectorial de la cartera, que deberá ser incluido en el Plan Nacional de Desarrollo, con el propósito de que todos los planes, proyectos y metas que se determinen hagan parte de la hoja de ruta del Gobierno.
Otra de las tareas clave de la nueva cartera será el incentivo y fortalecimiento de la investigación científica, difusión y aplicación de las ciencias aplicadas al deporte, con el fin de que haya un mejoramiento de las técnicas, lo cual redundará directamente en el rendimiento de los deportistas en formación y alto rendimiento.
De la misma manera, bajo la tutela del Ministerio quedará la dirección y administración del Laboratorio de Control al Dopaje, así como el Centro de Alto Rendimiento y el Centro de Servicios Biomédicos, entre otros.
Dentro de las funciones también se determinó que las administraciones municipales deberán expedir normas de urbanismo, en las que se incluyan las reservas de espacios suficientes y de infraestructuras para cubrir las necesidades sociales y colectivas de carácter deportivo y recreativo, de tal forma que se garantice la formulación de programas destinados al desarrollo de la actividad física en todo el país.
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