Lunes de Carnaval será día cívico en el Distrito


El alcalde de Santa Marta, Rafael Martínez, declaró día cívico no laboral el próximo lunes 4 de marzo, a través del decreto 041, con el fin de garantizar la participación de los samarios y servidores públicos en las festividades del Carnaval.
Por lo anterior, ese día no habrá atención al público en las dependencias del Distrito y se suspenderán los términos propios de las actuaciones administrativas en curso durante esa fecha.
De esta medida quedaron exentos los funcionarios que tienen a su cargo los procesos de contratación y la prestación de servicios públicos o funciones de policía, salud, prevención y atención de riesgos o de accidentes, indispensables para la salud, seguridad y salubridad de los habitantes.
El acto administrativo permite el uso de vías y del espacio público para las manifestaciones culturales, artísticas y tradicionales del Carnaval. En estas zonas se permitirá el expendio y consumo controlado de bebidas alcohólicas.
Igualmente, deja claro que los únicos bailes y espectáculos del Carnaval que se podrán realizar en la ciudad son los que cuentan con los permisos y autorizaciones expedidos por la Secretaría de Gobierno con base no solo en el cumplimiento de requisitos, sino también con los avales expedidos por la Secretaría de Salud y la Gerencia de Infraestructura.
Horarios y restricciones durante el Carnaval
El Decreto también establece que los horarios para el funcionamiento y cierre de los establecimientos comerciales dedicados a la venta de licor y de comidas será hasta las 3:00 de la madrugada.
Las ventas de comida rápida, jugos y de alimentos informales, de forma estacionaria y ambulante, en el espacio público solo podrán funcionar hasta las 12:30 de la madrugada y las tiendas tendrán que cerrar sus puertas a las 11:00 de la noche, tal como lo estableció el Decreto 513 de 2008. La Policía velará por el cumplimiento de estos horarios.
La Alcaldía prohibió las ventas informales, la comercialización y el uso del espacio público de fécula de maíz, harina, talco, espuma, spray y similares durante las carnestolendas.
Igualmente, restringió la venta de bebidas alcohólicas en envases de vidrio en parques, playas, espacios públicos o en eventos autorizados especialmente para el Carnaval, el uso de vehículos de tracción animal, tirados por mulas, asnos, burros, caballos, mulas y en general de cualquier tipo de animal doméstico, bravío o salvaje o silvestre en cualquier actividad del Carnaval y la movilización de pasajeros en vehículos y motocicletas portando disfraces con el rostro cubierto, máscaras, pasamontañas o cualquier elemento que impida su identificación. La Policía Metropolitana será la responsable de vigilar el cumplimiento de todas estas medidas.
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