Santa Marta no tiene uno... sino tres alcaldes ad hoc

A través de los decretos 1108 (consúltalo), 1109 (consúltalo) y 1110 (consúltalo) expedidos todos el 11 de julio de 2016 por el Ministerio del Interior, tres ciudadanos fueron designados alcalde ad hoc para diversas responsabilidades que en su momento, como funcionario del gobierno de Carlos Caicedo, el actual mandatario Rafael Martínez atendió y que hoy le impiden resolver.
En la primera resolución expedida fue nombrada la abogada Laura Vecino Ortiz, profesional Universitario, grado 10, código 2044, dentro de la planta global del Ministerio del Interior, para que profiera “decisión de segunda instancia con ocasión de los recursos de apelación incoados en contra de los siguientes actos administrativos: resolución W. 112 del 11 de marzo de 2015, incoado por la sociedad Cíncinnati Cofee Company SAS., por la cual se resolvió una querella policiva de lanzamiento por ocupación de hecho, promovida contra del señor Rafael Villareal y personas indeterminadas”.
También la resolución 156 del 6 de noviembre de 2012, “por medio de la cual se ordena la restitución de un bien uso público ubicado en el sector de Bello Horizonte donde se construye el edificio Puerto Soñado, sobre la línea interna de la playa, promovido por la Dirección General Marítima DIMAR contra la constructora San Francisco SA”.
La funcionaria también deberá resolver la resolución W. “156 del 6 de noviembre de 2012, por medio de la cual se ordena la restitución de un bien uso público ubicado en el sector de Bello Horizonte donde se construye el edificio Puerto Soñado, sobre la línea interna de la playa, promovido por la Dirección General Marítima DIMAR contra la constructora San Francisco SA”
En la resolución siguiente, fue nombrado Alexis Eduardo Sánchez Loreo, asesor del despacho del Viceministro para la Participación e Igualdad de Derechos del Ministerio del Interior, y de origen banqueño, para que profiera decisión de segunda instancia con ocasión del recurso de apelación “incoado en contra de la Resolución W. 220 del 1de julio de 2014. por medio de la cual se avocó el conocimiento de la querella policiva de amparo a la posesión incoada por el señor Camilo Mario Dávila Villarreal contra José Gregorio Dávila Sánchez y personas indeterminadas con número de radicación W 047-14”.
Por último se hizo el nombramiento de Jeannette Patricia Muñoz Nieto, profesional especializado del Ministerio del Interior, para que profiera decisión de segunda instancia con ocasión de los recursos de apelación impetrados en contra del auto W. 139 del 30 de diciembre de 2014, “incoado por el señor Ricardo Fernández De Castro Dangond en representación de Calixto De Jesús Vega Navarro, expedido con ocasión a la objeción por error grave del informe pericial presentado por el arquitecto Jorge Luis Barrios Conde” y la resolución 339 del21 de agosto de 2014,”por medio de la cual se declaró la nulidad dentro de la querella policiva de amparo a la posesión por perturbación, promovido por el señor José Francisco Gutiérrez Silvera contra Juan Jacobo Pérez y personas indeterminadas, con número de radicación 129-13”.
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