Domiciliarios ya no tendrán restricciones de horario para la entrega de pedidos

Por medio del Decreto 536 del 11 de abril, el Gobierno Nacional eliminó el horario para la entrega de pedidos a domicilio, dentro del aislamiento preventivo obligatorio ordenado en el territorio nacional para enfrentar la pandemia del coronavirus covid-19.
En ese sentido, el decreto firmado por el Presidente Iván Duque y por los 18 Ministros del Despacho, elimina el parágrafo 5 del Decreto 531 de 2020, que establecía un horario de 6:00 de la mañana a 8:00 de la noche para los domicilios, durante la extensión del Aislamiento Preventivo Obligatorio.
El horario regía para las excepciones 12 y 23 del Decreto 531 de 2020, relacionadas con “la comercialización presencial de productos de primera necesidad en mercados de abastos, bodegas, mercados, supermercados mayoristas y minoristas y mercados al detal, y la comercialización de productos de los establecimientos y locales gastronómicos, mediante plataformas de comercio electrónico y/o para entrega a domicilio'.
Mediante el Decreto 531 del 8 de abril de 2020 se ordenó el Aislamiento Preventivo Obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 13 de abril de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 27 de abril de 2020.
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