Corte Suprema determina el trastorno bipolar afectivo como enfermedad grave

Este miércoles 1 de septiembre la Sala Laboral de la Corte Suprema admitió el trastorno bipolar afectivo como una enfermedad de tipo grave.
Esta decisión fue tomada por parte del Alto Tribunal, luego de revisar el caso de una abogada que solicitó la suspensión de un proceso ante esa misma Cote, al certificar que padecía de un trastorno de bipolaridad que le causó una incapacidad.
En medio del análisis del caso, la Corte Suprema admitió que este tipo de trastorno genera una afectación de la psiquis y por ende interfiere en el desarrollo de sus actividades interpersonales y laborales, “creando una situación irresistible e invencible para la abogada”.
Por otra parte para sustentar su decisión, la Sala Laboral procedió con el análisis de la ‘Guía Práctica Clínica sobre Trastorno Bipolar’ emitida en 2012 por el Ministerio de Sanidad de España, por medio del cual se sustentan las implicaciones sociales, educativas y emocionales de los pacientes con este diagnóstico.
Tomada esta decisión, la Corte abre la puerta para que el trastorno bipolar afectivo se encasille entre las tres causales que proceden para la interrupción de un proceso, tal como lo determinaría el artículo 159 del Código General del Proceso.
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