Ordenan captura de congresista Modesto Aguilera por acto sexual violento

La Corte Suprema de Justicia condenó al representante a la Cámara Modesto Enrique Aguilera Vides a 102 meses de prisión, es decir, ocho años y seis meses, luego de hallarlo responsable del delito de acto sexual violento. Además de esto, queda inhabilitado para ejercer derechos y funciones públicas durante el mismo periodo.
En la decisión, la Corte también negó beneficios como la suspensión condicional de la pena y la prisión domiciliaria, por lo que el congresista deberá cumplir la condena en un centro carcelario una vez el fallo quede en firme. No obstante, la sentencia aún puede ser apelada ante la Sala de Casación Penal de la misma corporación.
El tribunal ordenó además que Aguilera indemnice a la víctima con el equivalente a 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes por los daños morales causados, y que asuma las agencias en derecho dentro del proceso.
De acuerdo con la investigación, los hechos se habrían registrado entre finales de octubre y comienzos de noviembre de 2020 en un hotel de Barranquilla. La víctima llegó al lugar bajo el supuesto de asistir a una reunión política, pero según la sentencia terminó quedando sola con el congresista.
En ese momento, el procesado presuntamente la sujetó, la besó en el cuello y realizó tocamientos, además de incurrir en actos de onanismo frente a ella sin su consentimiento.
Durante el juicio, la Sala Especial de Primera Instancia valoró las pruebas y concluyó que el testimonio de la víctima fue determinante para acreditar tanto la ocurrencia de los hechos como la responsabilidad penal del acusado, señalando que su relato estuvo respaldado por otros elementos de corroboración.
Al fijar la condena, la Corte también tuvo en cuenta la gravedad de la conducta y el contexto de poder en el que se habría cometido la agresión, indicando que el congresista utilizó su investidura para citar a la joven a la supuesta reunión política.
En el análisis se aplicó además perspectiva de género, conforme a las normas que buscan prevenir y sancionar la violencia contra las mujeres. El tribunal señaló que el hecho impactó no solo la integridad sexual de la víctima, sino también su proyecto de vida y el de su familia.
En el mismo fallo, la Corte compulsó copias a la Fiscalía General de la Nación para investigar a Jonathan Enrique Torregrosa Viana, primo de la víctima, quien habría llevado a la joven al hotel y luego la dejó sola con el congresista.
Asimismo, se pidió indagar una posible manipulación en el registro de ingreso de personas al hotel, situación que deberá ser esclarecida por las autoridades para determinar si existen otras responsabilidades en el caso.
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